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Ver la Versión Completa : Derechos de imagen de las personas (en España)


Pere Larrègula
04/05/08, 20:26:26
Antes de plantearnos hacer fotos a personas deberemos plantearnos algunas cuestiones que son muy importantes.

Para saber a ciencia cierta que podemos o no hacer, deberemos revisar la legislación española sobre derechos de imagen (Ley Orgánica 1/82 de Protección Civil del Derecho al Honor, a la Intimidad personal y familiar y a la Propia Imagen).

Pero ojo… porque debemos prestar especial atención?... porque estos derechos están recogidos en el capítulo de Derechos Fundamentales, reconocidos expresamente en la Constitución y no es algo que debamos obviar.

Intentare hacer un resumen escueto de la misma:
La ley no deja claro que es o no la propia imagen, pero deja meridianamente claro lo que es considerado una intromisión ilegitima… y no es otra cosa que: “la captación, reproducción o publicación por fotografía, filme o cualquier otro procedimiento, de la imagen de una persona...”.

Según la ley el mero hecho de realizar la fotografía (captación de la imagen) sin consentimiento expreso (por escrito), aun no publicándola en ningún medio, es una violación de la ley. Si además la imagen es “publicada” en cualquier medio… incluso aquí o en nuestra Web, la infracción es mayor.

A todo esto hablamos de una imagen de la persona que sea reconocible lo que es ilegal (y no solo es la cara de una persona lo que la hace reconocible).

Entonces, es legitimo hacer fotos a personas sin consentimiento expreso y por escrito?
La respuesta es NO

Salvo en alguna excepción, como se menciona en el apartado 2 del artículo 8 de la Ley 1/82, que dice al respecto lo siguiente:
La captación, reproducción o publicación por cualquier medio, cuando se trate de personas que ejerzan un cargo público o una profesión de notoriedad o proyección pública y la imagen se capte durante un acto público o en lugares abiertos al público.
La información gráfica sobre un suceso o acontecimiento público cuando la imagen de una persona determinada aparezca como meramente accesoria.

Nota: Estas excepciones no son validas para autoridades o personas que desempeñen funciones que por su naturaleza necesiten el anonimato, como por ejemplo los cuerpos de seguridad del estado.

Y esto son solo los derechos relativos a la imagen personal… ojo con el derecho al Honor a la Intimidad personal y familiar que son otra guerra… y es el uso que se haga de las fotografías que puede considerarse dañino para los mismos y que es muy subjetiva su interpretación...

Espero haber aclarado algo

Saludos

Errota
04/05/08, 21:02:50
Si claro ya estaba; lo que me temo, es que a veces anteponemos nuestras ganas de hacer una foto a una persona, que a si es legal o no hacerla; estoy conforme con lo que dices de que mostrar una foto de estas que llamamos " robadas" y que otros las llaman " Sociales," algún día pueden acarrearnos serios disgustos y problemas. Y es mas, se podría dar el caso de que hagamos una foto a un usuario de este foro y la publiquemos y si el usuario quiere, pues ya tenemos el cristo montado. Tambien estoy contigo en que se debería de tener el permiso o autorización por escrito, pero..... quien pide este permiso??? A menos que sean estas sesiones de estudios que hacemos a gente, que llamamos modelos y nos llamamos fotografos. Si es que ahora, por tener una camara somos fotografos.... :-) :-) Yo el primero.

Un aporte maravilloso, amigo Pere, gracias .-)

Errota

Pere Larrègula
04/05/08, 21:07:49
Hola compañero... preparare un modelo de acuerdo de cesión de derechos de imagen (sencillo) por si queremos hacer fotos (para llevar a mano), nada de contrato extenso, sino algo simple, por si alguien lo necesita y como modelo o plantilla para fotografía social.

Gracias por el comentario…

Sansa
05/05/08, 00:32:23
Nos planteas un caso muy extremo Pere .. no discuto que eso lo diga la Constitucion .. pero la persona fotografiada, y si le hace hasta gracia ser fotografiada que ?? debe verse obligada a tener que señalar con el dedo acusador a un simple fotografo de sociales, que lo unico que pretende es plasmar la realidad humana de un entorno ... ?? o venir a firmar un pàpelito ?? .... Donde estarian las grandes maravillas de los fotografos sociales del siglo XX si tuviermaos miedo a apretar un disparador, o firmar un papelito ??

Vamos hombre ... y que luego el Gobierno permita otras barbaridades mucho mas pleigrosas que fotografiar un entorno social es para reventar de rabia .. no quiero mencionar las cosas incongruentes que permiten porque me voy a calentar todavia ...

jorge_kai
05/05/08, 00:42:06
Nos planteas un caso muy extremo Pere .. no discuto que eso lo diga la Constitucion .. pero la persona fotografiada, y si le hace hasta gracia ser fotografiada que ?? debe verse obligada a tener que señalar con el dedo acusador a un simple fotografo de sociales, que lo unico que pretende es plasmar la realidad humana de un entorno ... ?? o venir a firmar un pàpelito ?? .... Donde estarian las grandes maravillas de los fotografos sociales del siglo XX si tuviermaos miedo a apretar un disparador, o firmar un papelito ??

Vamos hombre ... y que luego el Gobierno permita otras barbaridades mucho mas pleigrosas que fotografiar un entorno social es para reventar de rabia .. no quiero mencionar las cosas incongruentes que permiten porque me voy a calentar todavia ...
hombre, no creo que el gobierno tenga nada que ver con lo que dice la constitución amigo ;-)

imagino que lo que comenta Pere es lo que dice la ley, ni más ni menos... logicamente la práctica será otra cosa, pero nunca está de más conocer todos estos aspectos legales :ok:

Sansa
05/05/08, 00:45:16
Vale Jorge .. si es asi, entonces me desdigo ...

Pero es que el modo de comentarlo de Pere .... es casi como si el fotografiado tuviera la obligacion de firmar un papel o tener que denunciarnos leñe !!! :pensando:

Pere Larrègula
05/05/08, 00:59:47
Nos planteas un caso muy extremo Pere ...

De extremo nada, la legislación es esa… Puedo o no estar de acuerdo con ella (ahora, como fotógrafo debo respetarla y acatarla, me guste o no). Solo pretendo aclarar y dar a conocer la legislación actual sobre los derechos de imagen.

Te planteo una cuestión sobre lo que comentas:
… pero la persona fotografiada, y si le hace hasta gracia ser fotografiada que ??
Y si la cuelgas la foto que le hace gracia y luego, por el motivo que sea deja de hacerle gracia y te denuncia? Está en su derecho, has usado su imagen sin consentimiento escrito… Donde dice que le hizo gracia y te autorizo a realizar la fotografía? Por solo el echo de posar no autoriza la realización ya que siempre puede decir que posaba para otra persona...

Antes de hacer una fotografía piensa que te la hacen a ti… y mucho peor, imagina que luego la utilizan para fines a los que no respaldas…

Solo pretendo que te cubras, yo sin ir más lejos he hecho muchas sociales y el riesgo existe, así que es bueno que lo conozcamos todos.

En cuanto a permitir o no otras barbaridades la legislación española, no es el tema de este foro Sansa, así que no te calientes que no vale la pena.

Y recuerda esta frase: “El desconocimiento de la ley no exime de su cumplimiento”.

Un abrazo Sansa

Sansa
05/05/08, 01:04:39
Vale Pere .. ya se que es la Ley, pero la Ley a veces es injusta con unos y demasiado permisiva para otros ... que quieres que te diga amigo mio .. no es culpa ni tuya ni mia ..

Ahora mismo voy a borrar todo lo que tengo por aqui de sociales .. :(

Y al blog que le den morcilla ... :cry:

Pere Larrègula
05/05/08, 01:05:13
Vale Jorge .. si es asi, entonces me desdigo ...

Pero es que el modo de comentarlo de Pere .... es casi como si el fotografiado tuviera la obligacion de firmar un papel o tener que denunciarnos leñe !!! :pensando:

Solo digo lo que pone la ley... la redacción no tiene nada de literario...

Y Sansa, no es eso, no existe obligación alguna de que te firmen un papel, de hecho eres tu como fotógrafo el que debe cubrirse, porque solo tu sales perdiendo si te denuncian...

Y no te calientes amigo

Pere Larrègula
05/05/08, 01:08:36
Vale Pere .. ya se que es la Ley, pero la Ley a veces es injusta con unos y demasiado permisiva para otros ... que quieres que te diga amigo mio .. no es culpa ni tuya ni mia .. Ahora mismo voy a borrar todo lo que tengo por aqui de sociales .. :(
Y al blog que le den morcilla ... :cry:

Y por cierto: Una social es... "La información gráfica sobre un suceso o acontecimiento público cuando la imagen de una persona determinada aparezca como meramente accesoria" y eso la ley lo tiene en cuenta.

Para nada un retrato en el que solo se ve la persona es una foto social... aunque nos guste pensar que si... y cuando la hacemos es porque nos parece pintoresco el personaje, sexy, guapa/o o cualquier otra cosa... Pero, estamos seguros que le haría gracia verse desde ese prisma?

Muchas gracias por tu comentario Sansa, porque así todos vamos diciendo lo que pensamos y contribuimos de algún modo a entender mejor las cosas.

Saludos amigo

Sansa
05/05/08, 01:11:23
Sabra el jefe del Gobierno que todos los fotografos de renombre del siglo XX son unos delincuentes ?? Ansel Adams el primero, y yo el segundo ..

Ok Pere, nada mas que comentarte querido amigo .. :(

Pere Larrègula
05/05/08, 01:22:37
Sabra el jefe del Gobierno que todos los fotografos de renombre del siglo XX son unos delincuentes ?? Ansel Adams el primero, y yo el segundo ..

Ok Pere, nada mas que comentarte querido amigo .. :(

El poder judicial es independiente del poder público (gobierno) ;-) El gobierno no tiene nada que ver... y de todas formas, tampoco sé si Ansel Adams pedia permiso por escrito o no y tampoco sus fotos tenian entonces la difusion que tienen ahora, con Internet por ejemplo...

A modo de broma: "La LPI es de 1993 y Ansel murió en el 1984"

No te calientes, que ya sabes que me encanta debatir.... además estamos aquí para eso, y contra eso no pueden hacer nada los juristas ;-)

Un abrazo

Jesuz
05/05/08, 01:24:40
No te líes, José Luis, nadie tiene que borrar nada, ni calentarse, ni nada por el estilo.

Lo que debemos es conocer cuál es la legislación y luego ya queda de nuestra mano saber cuándo es necesario tal o cual cosa. A mí personalmente no me gustaría que me afotaran sin mi permiso, y dependiendo de la toma, pediría amistosamente al moderador/manager que retirase la imagen. Si no accediera a ello, acudiría al medio legal más cercano para conseguirlo.

Generalmente a nadie le molesta aparecer en una imagen cuidada, digna, en un entorno correcto, en medio de varias personas, en un evento, etc. Pero... y si... ? ...

Eso no significa tirar la cámara por la ventana. Hay dos medios: autorización sencilla (sic) o actuar inteligentemente. Yo hace mucho tiempo que decidí andar con mucho cuidado con las sociales, y eso no significa que alguna vez no haga algún robado o un reportaje de un evento. Pero sí que prácticamente no los publico si creo que pueden comprometerme a mí o a otros.

Saludos :ok:

P.d.: por supuesto que el sistema mantiene leyes absurdas, injustas, etc., en eso estoy contigo.

Pere Larrègula
05/05/08, 01:31:22
También estoy contigo "en que el sistema mantiene leyes absurdas, injustas, etc..." y en mano de todos esta intentar cambiarlo...

Saludos

Sansa
05/05/08, 02:00:59
OK amigos ... un ultimo favor ... podeis teclear abajo en mi firma donde dice blog fotografico "ser como el rio que fluye" y mirar si podeis entrar libremente ?? o haber si os envia un aviso de que es un blog privado ?? ..

Muchas gracias :ok:

Pere Larrègula
05/05/08, 02:09:36
OK amigos ... un ultimo favor ... podeis teclear abajo en mi firma donde dice blog fotografico "ser como el rio que fluye" y mirar si podeis entrar libremente ?? o haber si os envia un aviso de que es un blog privado ?? ..

Muchas gracias :ok:

Sale como privado... dice que es solo para invitados...

Tampoco tenias que llegar a eso amigo... nadie te denunciara, como máximo te pedirán que retires la foto si les molesta...

Pero tu mismo

Un abrazo

Sansa
05/05/08, 02:12:04
NO Pere .. esta bien que lo hayas comentado querido amigo, me he calentado un poco pero viendolo mas parcialmente nadie me tiene porque aguantar que a mi me guste fotografiar personas en sus ambientes ... lo tengo para mi solo y para mis amigos que lo deseen ..

De hecho te tendria que estar agradecido por que has anticipado algo que podria haberme hecho mucha pupa .. :?

Una vez mas .. gracias .. :ok:

Pere Larrègula
05/05/08, 02:17:31
NO Pere .. esta bien que lo hayas comentado querido amigo, me he calentado un poco pero viendolo mas parcialmente nadie me tiene porque aguantar que a mi me guste fotografiar personas en sus ambientes ... lo tengo para mi solo y para mis amigos que lo deseen ..

De hecho te tendria que estar agradecido por que has anticipado algo que podria haberme hecho mucha pupa .. :?

Una vez mas .. gracias .. :ok:

De nada amigo, solo pretendo ayudar en lo que pueda... y nunca está en mi intención otra cosa.

Un abrazo

eduvitale
05/05/08, 10:49:18
Y volvemos con lo de siempre.
Por que los cameramans y fotografos de los canales de TV ;diarios y revistas respectivamente,pueden hacer cualquier estropicio con quien se les cante y,no estan sujetos a esa ley,como nos imforma de manera tan concreta,Pere?
Sera que estan amparados por un prestigioso buffet de abogados y nosotros no?

Pere Larrègula
05/05/08, 11:09:44
Hola EduVitale,

Normalmente se amparan en el apartado 2 del artículo 8 de la Ley 1/82, que veras en el post (sobre las excepciones). Ya sea en el primer punto para los "famosos" y en el segundo para los "anónimos".

No obstante existen otros mecanismos... intentare explicarlos en otro artículo.

Saludos

godofredo
05/05/08, 16:28:35
Estimado Pere Larrégula: Excelente nota has publicado y es bueno que todos estemos pre-avisados!
Pregunto: si yo saco una foto en la playa a una pareja y ellos ni se enteraron en ese momento: les tengo que llevar el contrato de sesión de la foto? al ver que me le acerco a la pareja con un contrato., me imagino que el 99.5% no lo firmaría.
Resultado: Sacar fotos abstractas-naturaleza-animales?

godofredo
05/05/08, 16:37:18
OK amigos ... un ultimo favor ... podeis teclear abajo en mi firma donde dice blog fotografico "ser como el rio que fluye" y mirar si podeis entrar libremente ?? o haber si os envia un aviso de que es un blog privado ?? ..

Muchas gracias :ok:

Estimado amigo: Sale blog privado! pero pregunto: no crees que de esa forma pierdes mucho trafico en visitas y en consecuencia no te haces conocer o le pones un previo freno para que te conozcan?
es decir: crees que por esas casualidades uno caiga en tu pagina por rebote en cuanto a los resultados de tus metas, en los buscadores tipo google, yahoo, etc y tal persona tenga que pedirte permiso para acceder a la misma? Yo en mi opinion ante tal freno salgo y trato de buscar otra pagina donde pueda acceder sin tener que dejar ningun tipo de dato1
Se entiende? te acuerdas que te he preguntado lo mismo un par de meses atras en un privado?
te dejo un Abrazo!

Sansa
05/05/08, 16:47:08
Claro Godofrredo .. que hago entonces amigo borro todas las imagenes sociales de personas a las que no les he pedido permiso para fotografiarlas, parandoles por la calle y haciendoles firmar un documento, mientras me sonrien para la posteridad ?? .. o me expongo a que me denuncien porque nosotros mismos le decimos que pueden hacerlo ?? ..

Esto ultimo lo digo sin ninguna acritud por ti querido amigo Pere .. tambien podrian enterarse por otros medios ..

De todas maneras Godofredo, cualquiera que desee entrar en el blog, puede hacerlo previo permiso al creador de blog .. asi quedara solo para amigos y visitantes conocidos, que probablemente no denuncien a un simple y pacifico aprendiz de fotografo ..

DEROBER
05/05/08, 17:01:20
La ley si quereis profundizar y aclarar el asunto es la siguiente: LO 1/1982 y esta en SAn Google
Saludos

Pere Larrègula
05/05/08, 17:06:43
Pregunto: si yo saco una foto en la playa a una pareja y ellos ni se enteraron en ese momento: les tengo que llevar el contrato de sesión de la foto?

Hola Godofredo, en primer lugar hacer la foto ya es un problema...

Nosotros como fotógrafos pensamos que no hay nada de malo en hacer fotos a cualquiera, pero plantéate que eres tu el que recibes la foto, te gustaría que te fotografiaran a ti sin pedirte permiso? Ese es el tema, no otro... ante todo debemos ser respetuosos con los demás si queremos que lo sean con nosotros y luego está el tema legal...

...que hago entonces amigo borro todas las imagenes sociales de personas a las que no les he pedido permiso para fotografiarlas, parandoles por la calle y haciendoles firmar un documento, mientras me sonrien para la posteridad ?? .. o me expongo a que me denuncien porque nosotros mismos le decimos que pueden hacerlo ??

Mira Sansa, en primer lugar y antes de denunciarte por ello deberían encontrar las fotos en tu web o aquí, en segundo lugar deberían informarte de que no están de acuerdo con que publiques dichas fotos y por ultimo si hicieras caso omiso, denunciarte. Nadie denuncia así sin más, pero todo es posible…

Saludos y gracias por los comentarios

Jesuz
05/05/08, 17:09:47
De nuevo creo que te equivocas, José Luis.

Existe una forma "éticamente correcta" de que mantengas el blog abierto al 100%, y es especificando claramente en la página principal (puede ser un post fijo, blogspot creo que lo admite) que el blog es de tipo personal, de fotografía eminentemente del tipo "social", y las imágenes que pueden verse en él no tienen otra finalidad sino la artística, en ningún caso de lucro o con el fin de ofender a personas, comprometiéndote a eliminarlas inmediatamente del servidor si algún sujeto fotografiado lo considerase una ofensa o así expresamente lo solicitase.

Corregidme si me equivoco; eso es lo que yo haría.

Saludos y ánimo, ahora que dispones de una nueva ametralladora X-D :ok:

Pere Larrègula
05/05/08, 17:15:29
De nuevo creo que te equivocas, José Luis.

Existe una forma "éticamente correcta" de que mantengas el blog abierto al 100%, y es especificando claramente en la página principal (puede ser un post fijo, blogspot creo que lo admite) que el blog es de tipo personal, de fotografía eminentemente del tipo "social", y las imágenes que pueden verse en él no tienen otra finalidad sino la artística, en ningún caso de lucro o con el fin de ofender a personas, comprometiéndote a eliminarlas inmediatamente del servidor si algún sujeto fotografiado lo considerase una ofensa o así expresamente lo solicitase.

Corregidme si me equivoco; eso es lo que yo haría.

Saludos y ánimo, ahora que dispones de una nueva ametralladora X-D :ok:

Ese es un mecanismo que ante todo demuestra "buena fe y compromiso ético" y eso siempre es un argumento en la defensa del fotógrafo y por cierto, bastante eficaz. En muchas Webs lo encontrareis.

Me parece la mejor solución Jesuz

Songel
05/05/08, 21:48:54
De nuevo tengo que darte las gracias Pere, son dudas que siempre surgen a la hora de realizar fotos.

En mi caso tengo algunas fotos tomadas a modelos profesionales en pasarelas y "backstage", sin ningún contrato y como bien sabes las/los modelos se dejan fotografiar sin preguntar ni exigir nada.

Estas imágenes en que lugar "legal" se encuentran, o dicho de otra forma, que limitaciones legales tienen en cuanto a exhibición, publicación etc.

Gracias de antemano.

Electron
05/05/08, 22:10:21
Me permito intervenir (quizás es deformación profesional) porque - aunque con toda la buena intención del mundo - a veces se confunden temas. La Ley es como es, tal como la aprobaron en las cortes (congreso y senado), y ante ello solo cabe, al margen de las opiniones personales, actuar conscientes de que si lo hacemos en contra de la ley, podemos tener problemas. No nos meterán en la carcel (no hablamos de delitos) pero pueden causarnos problemas, de esos que afectan al bolsillo.

Centrémonos:

1) Ante todo estamos en España y en 2008. No olvidar que en ciertos casos las normas, según el tiempo y el lugar, pueden ser no solamente diferentes, sino contradictorias. Me da igual que pasó con tal foto de tal fotógrafo famoso .... debo pensar en al foto que he sacado esta tarde por puro placer de aficionado, a una pareja de novios besándose en le parque (por poner un ejemplo).

2) Aparte temas de ánimo de lucro o no, arte o negocio, profesión o afición . . . y demás zarandajas (que no tiene casi nada que ver).... la ley es la ley, y en España la norma que más nos puede afectar es la Ley Orgánica 1/1982, de 5 de mayo, de Protección Civil del Derecho al Honor, a la Intimidad Personal y Familiar y a la Propia Imagen.

Aqui se puede leer http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/lo1-1982.html Recomiendo en especial los articulos 7 y 8. El resto de la ley no hace falta, salvo que estés en una noche de insomnio.

Esta Ley es muy clara: la captación en fotografía de la imagen de una persona, ya sea en lugares o momentos de su vida privada o fuera de ellos, se considera "intromisión ilegítima". No se necesita perjuicio, ni ánimo de lucro, ni uso o publicación ....

Las excepciones son también claras, y pocas:
- Las "personas públicas" en lugares o actos públicos
- La información gráfica sobre sucesos o actos públicos, si la imagen la persona determinada aparece como meramente accesoria.
- Que te den el consentimiento

Vaya, que ni el Alcalde de la ciudad, ni la actriz de moda, ni el que asiste a la ceremonia de entrega de premios y sale al lado en una foto de plano amplio de la sala de actos, ni el que sale en una foto de la cola para entrar en el futbol, si es una foto del estadio para ilustrar las colas de día del partido, ni la señora en bikini en la playa cuando empieza la temporada, acude la prensa local, y la "pilla" alli con sus amigas, los vecinos, los niños y la celulitis que (aún) no pudo quitarse con la crema mágica .... pueden quejarse. Bueno,poder pueden, pero es dificil que tengan éxito.

3) Otra cosa es si el sujeto "afectado" se enterará o no de que le sacaste la foto, de donde se publique, del uso que se le de ... en función de lo cual será más o menos probable que se entere y que, si se entera, reclame.

4) En los casos en que no se puede legalmente hacer la foto, solo te salva la autorizacion o consentimiento, que solo puedes demostrar si tienes por escrito. Ello no significa que sea necesario tenerlo por escrito. A veces entendemos por tal la sonrisa o la "mirada cóomplice" del sujeto, o el hecho de que "pose", si luego ve la foto y quiere demandarnos podrá hacerlo ... y como lo demostraremos ???

En el caso de modelos, reportajes de BBC, etc estos temas se salvan por la existencia de un documento o contrato, o sino porque te han permitido entrar, hacer las fotos y luego te han pedido y pagado las copias ...

5) Los menores, incapaces, etc ... no es que tengan un status especial en la ley, lo que ocurre es que un adulto en plenas facultades puede rechazar que le hagas la foto, apartarse del lugar, etc .... pero ellos no. Y en su caso debe contarse con el permiso de las personas que los tienen a su cargo (padres o tutores).

No me enrrollo más.

Pero, os propongo un ejercicio interesante: Mirar las fotos de un periódico cualquiera. Pillad uno del día, y mirad todas y cada una de sus fotos (no los anuncios !!) bajo estos criterios. Sin olvidar que nosostros, salvo exepciones, ni somos fotógrafos de prensa ni publicamos en periódicos ... sino en nuestra web, y no para informar a nadie, sino para mostrar y alardear de nuestra foto, de aquella foto que hemos "conseguido".

Pere Larrègula
05/05/08, 22:16:10
De nuevo tengo que darte las gracias Pere, son dudas que siempre surgen a la hora de realizar fotos.

En mi caso tengo algunas fotos tomadas a modelos profesionales en pasarelas y "backstage", sin ningún contrato y como bien sabes las/los modelos se dejan fotografiar sin preguntar ni exigir nada.

Estas imágenes en que lugar "legal" se encuentran, o dicho de otra forma, que limitaciones legales tienen en cuanto a exhibición, publicación etc.

Gracias de antemano.

Muy interesante la pregunta...

Para tu tranquilidad puedes acogerte a las excepciones:

La captación, reproducción o publicación por cualquier medio de la imagen de una persona cuando se trate de personas que ejerzan un cargo público o una profesión de proyección pública y la imagen se capte en un acto público o en un lugar abierto al público.
La información gráfica sobre un suceso o acontecimiento público cuando la imagen de la persona aparezca como meramente accesoria.

Una pasarela es un evento público (aunque su entrada sea privada), y por lo tanto sujeto a dichas excepciones (ambas en este caso). Además esta autorizada la realización de fotografias del evento.

Con ello no tienes problemas, eso sí, debes tener en cuenta que solo puedes utilizar dichas imágenes como parte de tu portfolio profesional y no deberías usarlas para otros efectos, ya que el derecho de una persona a impedir el uso comercial o publicitario de su identidad (imagen, nombre y voz) no tiene excepción alguna.

Las modelos profesionales no suelen gestionar sus derechos ellas y por lo tanto utilizan agencias de imagen o de modelos para ese particular. Con lo que delegan la autorización a esas agencias, que a su vez ceden para el evento a los organizadores del mismo y por extensión a los fotógrafos acreditados.

En cuanto a las fotografías de “Backstage”, si no dañan a la modelo o a su imagen no tienes problemas, ya que son parte de dicho evento y se considerarían de interés social, además estas acreditado para tomarlas, no?

En caso de que vendieras la explotación de las fotografías (los derechos de autor son siempre tuyos), a por ejemplo, una revista, la responsabilidad en ese caso, si existiera mal uso, recaería en la revista y no en el fotógrafo.


Espero haberlo aclarado

Saludos

Pere Larrègula
05/05/08, 22:19:39
Gracias Electron por el apunte...

Sansa
06/05/08, 09:07:47
Gracias por todos los consejos comentarios y apreciaciones querida gente ...

Quiza eso sea lo que haga Jesus y Pere, es una pena tener el blog cerrado a cal y canto solo para los amigos .. :ok:

Gracias Quim .. es verdad se me olvidaba que tu eres uno de los mejores "picapleitos" de tota Barna jejeje !!!

eduvitale
06/05/08, 09:22:52
No quiero que me mal interpretes Pere.A lo que voy es que,las leyes no corren parejas para los fotografos(aficionados ,o no) privados ,con las grandes corporaciones mediaticas.Si un reportero,hace un reportaje a una persona comun, en la calle digamos,sobre la importancia de la cebolla en la dieta diaria(con imagenes y todo),este señor no firma ningun papel y estara encantado por sus 5 segundos de gloria por salir en TV.Sin embargo,este mismo señor,te puede hacer un juicio a ti,pidiendole permiso(o no) de palabra para la foto .Creo que la ley,deberia correr pareja para todos.No solamente para la fotografia.Tambien para otras herramientas visuales.Corrigeme si me equivoco.

Pere Larrègula
06/05/08, 09:59:50
No quiero que me mal interpretes Pere.A lo que voy es que,las leyes no corren parejas para los fotografos(aficionados ,o no) privados ,con las grandes corporaciones mediaticas..

Eduvitale, no te mal interpreto, pero he de decirte que la ley no distingue entre profesionales y aficionados...

Si un reportero,hace un reportaje a una persona comun, en la calle digamos,sobre la importancia de la cebolla en la dieta diaria(con imagenes y todo),este señor no firma ningun papel y estara encantado por sus 5 segundos de gloria por salir en TV.Sin embargo,este mismo señor,te puede hacer un juicio a ti,pidiendole permiso(o no) de palabra para la foto .Creo que la ley,deberia correr pareja para todos.No solamente para la fotografia.Tambien para otras herramientas visuales.Corrigeme si me equivoco.

Tampoco distingue sobre el medio, tal y como aparece en mi artículo que es lo que dice la ley: “la captación, reproducción o publicación por fotografía, filme o cualquier otro procedimiento, de la imagen de una persona...”.

Mi artículo no es más que un resumen, muy escueto, de la ley… dicho resumen ha sido orientado más a lo que nos afecta a nosotros, ya que este es un foro de fotografía, pero como puedes ver tambien afecta a otros medios "visuales".

Quiza eso sea lo que haga Jesus y Pere, es una pena tener el blog cerrado a cal y canto solo para los amigos .. :ok:
Amigo mío, la ley solo pretende proteger los derechos de imagen de las personas, y es así, lamento que te lo tomes tan mal, solo pretendía que la conocierais.

Saludos

Songel
06/05/08, 15:07:44
Pere muchas gracias por las aclaraciones.

Respecto a tu pregunta de si estaba acreditado la respuesta es que si, pero aún así tenía mis dudas respecto al uso de las fotografías ya que no me dedico profesionalmente a ello.

Gracias de nuevo.



Muy interesante la pregunta...


Para tu tranquilidad puedes acogerte a las excepciones:

La captación, reproducción o publicación por cualquier medio de la imagen de una persona cuando se trate de personas que ejerzan un cargo público o una profesión de proyección pública y la imagen se capte en un acto público o en un lugar abierto al público.
La información gráfica sobre un suceso o acontecimiento público cuando la imagen de la persona aparezca como meramente accesoria.
Una pasarela es un evento público (aunque su entrada sea privada), y por lo tanto sujeto a dichas excepciones (ambas en este caso). Además esta autorizada la realización de fotografias del evento.

Con ello no tienes problemas, eso sí, debes tener en cuenta que solo puedes utilizar dichas imágenes como parte de tu portfolio profesional y no deberías usarlas para otros efectos, ya que el derecho de una persona a impedir el uso comercial o publicitario de su identidad (imagen, nombre y voz) no tiene excepción alguna.

Las modelos profesionales no suelen gestionar sus derechos ellas y por lo tanto utilizan agencias de imagen o de modelos para ese particular. Con lo que delegan la autorización a esas agencias, que a su vez ceden para el evento a los organizadores del mismo y por extensión a los fotógrafos acreditados.

En cuanto a las fotografías de “Backstage”, si no dañan a la modelo o a su imagen no tienes problemas, ya que son parte de dicho evento y se considerarían de interés social, además estas acreditado para tomarlas, no?

En caso de que vendieras la explotación de las fotografías (los derechos de autor son siempre tuyos), a por ejemplo, una revista, la responsabilidad en ese caso, si existiera mal uso, recaería en la revista y no en el fotógrafo.


Espero haberlo aclarado

Saludos

Pere Larrègula
06/05/08, 15:25:07
Celebro que te ayude... profesionales o no todos tenemos los mismos derechos y obligaciones con respecto a los derechos de los demás, en este caso los de imagen y cómo puedes ver la ley no hace distinciones.

Saludos

Dina
28/08/08, 10:53:54
Muchas gracias por la información, Pere. Tenía dudas al respecto y ahora me ha quedado claro.

ciar
28/08/08, 11:11:15
Yo dejaré mi opinión que a unos gustará y a otros no.

Me parece que la ley está muy bien. Y su desconocimiento no te exime de su cumplimiento.

Esta ley se hace precísamente por culpa de "los fotógrafos profesionales" no por los aficionados, y todos sabemos lo que han hecho y como han enseñado a los aficionados.

Yo veo como ahora los aficionados que son legión por todo el mundo cámara en mano hacen lo que hacen y todos lo sabeis.

Ante estos desmanes me parece que le ley está muy bien, que buena gente con buena fe se vea afectada como en todas leyes, de acuerdo. Pero en muchos casos con muchos "fotógrafos" profesionales o aficionados yo sería mucho más duro incluso de lo que dice la ley.

Ojo con fotografiar, sin permisos, incluso modelos y amigos. ¿Y si mañana se enfadan contigo y no tiene el permiso firmado?. Tendrías que demostrarlo.

Es sólo una opinión más, que aquí dejo.

Pere Larrègula
28/08/08, 11:44:07
Muchas gracias por la información, Pere. Tenía dudas al respecto y ahora me ha quedado claro.

Gracias a ti por dejar tu comentario.

Saludos

Pere Larrègula
28/08/08, 11:45:35
Gracias por la aportación Jociar,

No creo que la ley sea culpa de nadie, al margen de eso ahí esta y deberían conocerla tanto profesionales como aficionados y eso es lo que pretendía este post.

Saludos

-=JuanCarlos=-
29/08/08, 02:23:03
Muchas Gracias Pere... un excelente post-advertencia... aunque en mi país la ley es diferete, es más, no sé si ahora mismo habrá alguna ley funcionando :evil:... uno nunca sabe si de repente se mete en problemas...

He incluido en mi blog el siguiente mensaje constante crees/creen que esta bien?

"IMPORTANTE

Ninguna de las fotos de este blog ha sido realizada con ánimo de lucro, si alguna persona fotografiada que apareciera en este blog se siente ofendida o considere una ofensa hacia su imagen, será inmediatamente eliminada del servidor a simple requewrimiento"


Salu2

Juan

Juan

pumuki
05/09/08, 23:18:56
A mí la ésta ley me parece una soberana memez y una gran estupidez.
Si se aplicase consecuentemente (para eso se promulgan las leyes) no podrían existir ni reportajes de televisión, ni periódicos, ni nada parecido. Suponiendo que pidamos permiso por escrito, a lo que nadie accedería, ¿qué pasa con las decenas de personas que suelen aparecer en segundo plano?. Aplicada con rigor acabaría con la memoria gráfica de una sociedad. ¿Qué pasa con las cámaras de los bancos, de tráfico, de los Ayuntamientos, de los Parkings, de Empresas,... que nos graban continuamente?. Para mí habría que diferenciar entre el espacio público, donde uno se expone ante los demás, y espacio privado que debería respetarse como si fuese sagrado.
Al final, ésta ley como otras acaba aplicándose a cabezas de turco, como aquella americana que se llevó un puro tremendo por bajarse nosequé del emule. Cruzo los dedos para que yo no sea el imbécil que ejemplariza a todos los demás.
Saludos,
Pumuki

melchita
09/09/08, 13:09:58
Indudablemente las leyes se hacen para proteger a las personas, otra cosa es si están o no bien elaboradas y si su existencia en el tiempo es oportuna o ha quedado caduca. Yo creo que hay dos cosas que han perjudicado gravemente a los fotografos, sean profesionales o no. Una los paparazzi, capaces de cualquier cosa por publicar una exclusiva y que podría decirse que tienen patente de corso, pués ante cualquier problema tienen toda una delegación de abogados de la revista o agencia que les haya contratado cubriendoles las espaldas y la otra es la pornografía y el mal uso de fotografias en la red.
Hace unos años si paseando por un parque realizabas una fotografía de un niño dando de comer a las palomas, se consideraba algo hermoso, hoy ni se te ocurra porque ésto sería una grave infracción. Y ante un hecho así uno se pregunta ¿Qué es lo que hace diferente un momento del otro? La ley, como todos sabemos, es algo genérico, pero los jueces son quienes interpretan dicha ley y deberían ser ellos quienes delimiten, a falta de una legislación más exhaustiva y concreta, si una fotografía de carcter social es o no perjudicial o lesiva para el sujeto que aparece en ella, aunque no haya firmado una autorización, y por lo tanto ilegal.

pumuki
09/09/08, 21:07:21
Estoy de acuerdo contigo, Melchita, en que los paparazzi y la pornografía (tal y como comentas, el mal uso de las imágenes) flaco favor nos hace. Entiendo que precisamente, lo que hay que hacer es prohibir este mal uso, ni todo está permitido, ni todo debería estar prohibido. No veo que mal tiene en sí fotografiar a unos niños que dan de comer a unas palomas. Persígase el mal uso. Es como si por alguien que conduce mal, nos prohibieran conducir a todos.

Sin embargo disiento de ti en referencia a que la ley es algo genérico y que los jueces la interpretan. Por mi formación jurídica (filosofía del derecho) entiendo que la ley es algo concreto que debe estar detallada en cada posible circunstancia, y que los jueces son aquellos que interpretan si los hechos acaecidos son punibles o no en relación a la ley. Precisamente si una ley (ocurre con frecuencia) es interpretada por el juez es una ley injusta, porque daría lugar a cientos de sentencias distintas en funcion del legislador y no de los hechos objetivos. Tendríamos a una misma persona condenada o absuelta no por los hechos acontecidos sino por el juez. Injusto. Se deberían interpretar los hechos en relación a un texto de ley claro. No siempre sucede, como con esta ley.

El absurdo de esta ley podría llegar a tal punto que una madre que fotografía a su niño, se vea denunciada por otras madres cuyos niños aparecen en segundo plano, aunque la foto sea para consumo privado. Demencial. Ya sé que la posibilidad de que esto suceda es muy remota, pero con la ley en la mano (y las leyes están para cumplirse) esa madre es una delincuente, al igual que la inmensa mayoría de los españoles. Esta ley aplicada no caprichosamente sancionaría a media España y acabaría con la memoria visual privada y pública de este país. ¿Qué va a hacer esa madre, pedir por escrito autorización a todos los tutores legales de esos niños?.

Saludos,
Pumuki

melchita
10/09/08, 04:02:42
Tal vez no me he expresado bien Pumuki, pero precisamente lo que he querido decir es que por desgracia hoy en día, se dan demasiadas interpretaciones de la ley por parte de los jueces, llegandose como tu muy bien dices a sentencias contradictorias entre unos y otros por un mismo delito, incluso conozco un caso en que un mismo juez por circunstancias algo largas que no viene al caso detallar, dicto sentencias opuestas para un mismo hecho en el proceso inicial y en el de apelación.

pumuki
10/09/08, 09:19:32
Así es Melchita. Ya he supuesto lo que querías decir, pero ya sabes, los filósofos con nuestra pretensión de arreglar teóricamente todo, nos metemos en todas las salsas y nos encanta. En fin, deformación profesional (bueno, todavía no soy licenciado, estoy en ello).

Es evidente cómo está el poder judicial y las leyes que rigen en este país. En gran parte fruto de la politización y en otra gran parte causa del positivismo jurídico, que es lo que se enseña en la mayoría de facultades de derecho y también en las de filosofía. Esta corriente jurídica afirma que si se cumplen los procedimientos de una ley, esa ley es buena, (si lo aprueba el parlamento, cojonudo) y es fruto de la dificultad de consenso ante un relativismo moral vigente. Otros defendemos el iusnaturalismo jurídico (derecho natural) que afirma que una ley es buena si su contenido se adapta a la realidad y verdad de los acontecimientos, del ser humano.

Para finalizar, como decía Pere (su pretensión creo que no era enjuiciar la propia ley sino informar sobre sus posibles consecuencias), ya sabemos a lo que nos podríamos atener si tomamos fotografías en el medio humano, aunque sean para nuestro álbum familiar. Algunos miembros de este foro han valorado muy positivamente esta ley. A mí me parece una enorme insensatez. Que esta ley lo prohibe todo y debería prohibir sólo el abuso/mal uso de las imágenes sociales ¿Soy el único que piensa en este sentido?.

Saludos,
Pumuki.

layinha
18/09/08, 11:08:51
Pero vamos a ver, tu vas a una boda de unos amigos, tiras fotos y las pones en tu web y ¿eso es delito? o le vas a pedir a todos los invitados una firmita 'ong' ;)

ciar
18/09/08, 11:16:41
Una web es una publicación según yo lo veo.

Las cosas empiezan como bromitas y terminan como terminan. Yo he visto esas fotos de fiesta tipo bromita publicadas y luego no hacerles ninguna gracia el tema.

Por estas cositas puedes perder amistades rápidamente. Gracioso nos parece a cada uno una cosa y a mucha gente esto no le hace ninguna gracia. Yo te cuento como son las cosas.

Si existe consentimiento aunque sea de palabra y ellos saben que se pueden publicar, tienes testigos, ellos están en actitud de posado. En este caso creo que ganarías el juicio, pero tú sabras lo que valoras la amistad.

¿Son más importantes tus fotos, o tus amigos?.

Jlopez
18/09/08, 12:13:21
Quiero añadir que todos mas o menos somos conscientes de la ley, justa o no.
Pero cada uno aplica segun su criterio el riesgo que quiere tener. Si aplicaramos este hilo al Códogo de circulación, no acabariamos nunca, empezando por aparcar y terminando por adelantar, por eso creo que con la cámara en la mano o las manos en el volante, lo mejor es corrección, buenos modos, respeto, etc., Yo en los años que llevo en esto he aprendido a seleccionar las tomas, y aún así todavía tengo algún que otro malentendido, nada que no se arregle pidiendo disculpas correctamente y borrando la imágen.
-
Por comparar, que conste que no me gustan las comparaciones, me remito a la década de los 70, como radioaficionado que soy (EA6ZZ) empecé en Banda Ciudadana, y la ley de antenas que no existía, protegía las antenas de TV, y no las nuestras, pero al final la ley se decantó por corregir el ancho de banda de las TVs., y todos contentos.
Tengo la confianza que esta legislacion sobre la intimidad tendrá que compensar los nuevos habitos de la sociedad.
-
Antes haciamos fotos a una señora y solo enseñaba los tobillos y no pasaba nada, ahora su hija enseña..... y hace falta un papel, habría que aclarar el término 'Intimidad', o por lo menos donde empieza y donde acaba lo intimo.
Saludos

Pere Larrègula
01/10/08, 17:39:37
Gracias por vuestras aportaciones

Nikonista
02/10/08, 19:23:59
Pero en teroria, si tu eres el autor de esa foto, puedes ponerla donde te de la gana.
Si una persona te da el consentimiento para fotografiarla, te lo esta dando con todas las consecuencias.
Una persona no puede decirte no publiques una foto que has hecho tu. O si?

Es decir:
Yo le hago una foto a una amiga, y en teoria puedo publicarla donde quiera.
Le tengo que pedir permiso para publicarla?
Se supone que si ha dado consentimiento a hacerla y yo tengo el derecho de hacer con ella lo que quiera no puede decir que no la ponga.

No se si me explico

Pere Larrègula
03/10/08, 09:43:09
Pero en teroria, si tu eres el autor de esa foto, puedes ponerla donde te de la gana.
Si una persona te da el consentimiento para fotografiarla, te lo esta dando con todas las consecuencias.
Una persona no puede decirte no publiques una foto que has hecho tu. O si?

Es decir:
Yo le hago una foto a una amiga, y en teoria puedo publicarla donde quiera.
Le tengo que pedir permiso para publicarla?
Se supone que si ha dado consentimiento a hacerla y yo tengo el derecho de hacer con ella lo que quiera no puede decir que no la ponga.

No se si me explico

Os he mostrado lo que dice la ley... los matices son múltiples, pero en definitiva, si te ha dado su consentimiento escrito para hacer la sesión de fotos claro que puedes hacer lo que quieras...

Saludos

Nikonista
05/10/08, 14:41:24
Consentimiento escrito no. Verbal.
En teoria podria poner esas fotos donde quiera siempre y cuando no perjudique su imagen.
Es decir esa persona al permitirme fotografiarla, deberia conocer el derecho del fotografo de poder poner su obra en cualquier sitio?

Me equivoco o al algun matiz a ese respecto?

Pere Larrègula
05/10/08, 15:47:31
Consentimiento escrito no. Verbal.
En teoria podria poner esas fotos donde quiera siempre y cuando no perjudique su imagen.
Es decir esa persona al permitirme fotografiarla, deberia conocer el derecho del fotografo de poder poner su obra en cualquier sitio?

Me equivoco o al algun matiz a ese respecto?

Hola Nikonista,

El punto me despista, así que...

A ver, el consentimiento debería ser por escrito (el hecho de posar no supone nada y mucho menos un consentimiento verbal) y por supuesto la persona fotografiada debería conocer los derechos de imagen que cede al fotógrafo.

Saludos

Nikonista
05/10/08, 17:22:58
Hola Nikonista,

...y por supuesto la persona fotografiada debería conocer los derechos de imagen que cede al fotógrafo.

Saludos


Pues a eso me refiero. El ser fotografo aficionado tambien es poder compartir y enseñar tus trabajos y reportajes.
Desde mi punto de vista el fotografo autor de la foto, legalmete pude hacer con ella lo que quiera SIEMPRE Y CUANDO no perjudique la imagen de esa persona, y la persona que se deje fotografiar deberia conocer esto.

Con esto quiero decir que todos cuando dejamos que nos hagan una foto, corremos el riesgo que se ditrubuya por ahi. Por ejemplo por el movil o por email y yo no puedo impedir que el autor no muestre su obra.
Como me dijo un profesional:

"Yo hago mis fotos y muestro mis fotos, desde mi album en internet.
Si no quieres que una foto tuya este en internet no te la hago"

De nada sirve ser aficionado o pro si luego no puedes mostrar tus trabajos.

Pere Larrègula
05/10/08, 19:01:44
Claro que puedes mostrar tus trabajos, pero siempre debemos recordar que si exigimos derechos como autor para hacer lo que queramos con las fotos, también debemos respetar los derechos de los fotografiados y sus derechos de imagen...

A mi particularmente no me gustaría que me fotografiaran sin mi consentimiento y soy fotógrafo... no obstante me encanta el reportaje social, pero la ley es así y debemos recordar que “el desconocimiento de la ley no exime de su cumplimiento”.

A ver, seamos objetivos… lo máximo que suele pasar es que nos pidan por las buenas que retiremos las fotografías de la WEB… ahora, si usas la fotografía para fines comerciales no nos extrañemos de encontrarnos con una demanda por uso indebido de los derechos de imagen…

Saludos

Nikonista
05/10/08, 19:15:02
No. Yo de fines publicitarios nada.
Las fotos que expongo aqui y en otros foros, provienen de mi albun privado en internet.
Y las fotos SIEMPRE hechas con consentimiento.

Pere Larrègula
05/10/08, 19:20:17
Perfecto entonces. No lo decía por ti Nikonista, lo comentaba en general.

Saludos

Nikonista
05/10/08, 21:26:06
De todas maneras hay muchos matices en esta ley.
Hace unos años salio un curso de fotografia "tripode" donde en uno de sus capitulos animaban a los futuros fotografos a comprarse teles y esconderse para hacer fotos a las personas cuando se vaya de turismo sin que se den cuenta y publicarlas en concursos.

Eso no esta prohibido?
Decia algo asi como:
"...Asi captamos a personas en sus quehaceres de manera espontánea pues muchas personas pierden la naturalidad, cuando saben que las estan encuadrando con una camara, incluso algunas podrian molestarse..."
Tambien aconseja, ir a lugares donde la gente esta tan distraida que no presta atencion a su alrededor, con lo que puedes aprovechar la fotografiarles si que se den cuenta...

y
"Si tras fotogrfiar a una persona, tienes la sospecha que se ha dado cuenta, tras fotografiarla no la mires, eso te delatara"

Al señor que ha escrito el guion de este curso, le tiene que caer un buen palo por "gracioso"

Pere Larrègula
06/10/08, 09:44:41
Si, la verdad es que en teoria esta prohibido, así lo expresa la ley.... En cuanto al curso de TRIPODE, si no recuerdo mal es anterior a la ley, que es de 1993...

Saludos

Nikonista
06/10/08, 15:35:18
Yo me refiero al nuevo
Hay uno que es de foto digital y analogica, se empleaba la EOS350D y la FinePix S2 y Coolpix 5700 (y que por cierto las 3 las tuve)
Si no recuerdo mal esos cuerpos cuando eran nuevos era el año....2004/2005.

De todas manera no hubiese estado del todo mal matizar un poco esas cosas, porque puede inducir a errores y problemas.

No hubiese estado de mas la recomendacion de la lectura a fondo de las leyes existentes, en vez de dar a entender que por poseer una camara (sea la que sea) el mundo es tuyo y puedes adueñarte de todo asi como asi.
Claro que despues esta en la mano de cada uno que tras haberse visto el curso que sea, buscar un poco mas de informacion antes de salir a la calle a tomar imagenes.

Z
22/10/08, 23:12:14
Antes de plantearnos hacer fotos a personas deberemos plantearnos algunas cuestiones que son muy importantes.

Para saber a ciencia cierta que podemos o no hacer, deberemos revisar la legislación española sobre derechos de imagen (Ley Orgánica 1/82 de Protección Civil del Derecho al Honor, a la Intimidad personal y familiar y a la Propia Imagen).

Pero ojo… porque debemos prestar especial atención?... porque estos derechos están recogidos en el capítulo de Derechos Fundamentales, reconocidos expresamente en la Constitución y no es algo que debamos obviar.

Intentare hacer un resumen escueto de la misma:
La ley no deja claro que es o no la propia imagen, pero deja meridianamente claro lo que es considerado una intromisión ilegitima… y no es otra cosa que: “la captación, reproducción o publicación por fotografía, filme o cualquier otro procedimiento, de la imagen de una persona...”.

Según la ley el mero hecho de realizar la fotografía (captación de la imagen) sin consentimiento expreso (por escrito), aun no publicándola en ningún medio, es una violación de la ley. Si además la imagen es “publicada” en cualquier medio… incluso aquí o en nuestra Web, la infracción es mayor.

A todo esto hablamos de una imagen de la persona que sea reconocible lo que es ilegal (y no solo es la cara de una persona lo que la hace reconocible).

Entonces, es legitimo hacer fotos a personas sin consentimiento expreso y por escrito?
La respuesta es NO


Salvo en alguna excepción, como se menciona en el apartado 2 del artículo 8 de la Ley 1/82, que dice al respecto lo siguiente:
La captación, reproducción o publicación por cualquier medio, cuando se trate de personas que ejerzan un cargo público o una profesión de notoriedad o proyección pública y la imagen se capte durante un acto público o en lugares abiertos al público.
La información gráfica sobre un suceso o acontecimiento público cuando la imagen de una persona determinada aparezca como meramente accesoria.
Nota: Estas excepciones no son validas para autoridades o personas que desempeñen funciones que por su naturaleza necesiten el anonimato, como por ejemplo los cuerpos de seguridad del estado.

Y esto son solo los derechos relativos a la imagen personal… ojo con el derecho al Honor a la Intimidad personal y familiar que son otra guerra… y es el uso que se haga de las fotografías que puede considerarse dañino para los mismos y que es muy subjetiva su interpretación...

Espero haber aclarado algo

Saludos


Muchas gracias por la informacion....es verdademente interesante...esto y todas las aportaciones...

Pero tengo varias dudas, por ejemplo esta foto y quizas no es el mejor ejemplo
http://www.elclubdigital.com/foro/showthread.php?t=135841

pero,
Cambia algo el que las personas esten de espaldas o de frente?, sean claramente identificables o no?
Otra duda...esto es un puente , es la Girona turística.....si me gustaba este encuadre de puente y casas, que hubiera sido menos arriesgado? pedirles que se apartaran o pedirles permiso para hacer la foto?

Gracias...

Pere Larrègula
23/10/08, 00:42:31
Si no son claramente identificables no son muy problematicas... En este caso supongo que los fotografiados y probablemente sus amigos los identifiquen...

Pero la ley deja claro esto "la captación, reproducción o publicación por fotografía, filme o cualquier otro procedimiento, de la imagen de una persona...” es una intromisión ilegitima, y no dice si es de espaldas o de frente...

Saludos

Bororo
23/10/08, 01:00:51
Una pregunta para todos:¿se conocen sentencias condenatorias por la foto típica en la que aparece alguien, anónimo generalmente, y que no es un elemento accesorio de la foto? Vamos, que no es uno en la cola del estadio en una foto del estadio. ¿Qué jurisprudencia hay al respecto?
Saludos a todos

Pere Larrègula
23/10/08, 02:08:34
Aquí tenéis un ejemplo curioso...

6000 euros de indemnización por publicar la fotografía de una chica mientras paseaba con su perro en una playa nudista. Sólo era apreciable la silueta, ya que el rostro no era visible.
http://www.samuelparra.com/2008/08/27/la-silueta-como-dato-personal/
http://www.lexureditorial.com/noticias/0408/24114400.htm
Cuando el periodico recurrio fueron absueltos, pero de entrada los condenaron a indemnizar....

La verdad es que las fotos “robadas” en lugares públicos y sin interés comercial, no suelen ser objeto de demandas, siempre y cuando no atenten contra la dignidad de la persona, cosa muy subjetiva, así que lo máximo que suele pasar es que te insten a retirar la foto de la web o eliminarla de tu archivo.

Saludos

Pere Larrègula
23/10/08, 03:05:52
Aqui teneis un articulo de la Asociación de Internautas

¿Qué hacer si me roban una foto y la cuelgan en Internet?
http://www.internautas.org/html/4383.html

Saludos

Pere Larrègula
23/10/08, 03:27:13
Otro articulo sobre este tema:

http://www2.elmundolibro.com/navegante/2008/10/14/tecnologia/1223968296.html

Litespeed
14/11/08, 00:54:22
No conozco muy bien las normas españolas en cuanto al derecho de imagen, conozco mas el frances pero me parecia que en España el codigo civil permetia hacer un poco lo que uno queria en cuanto a ese tema, visto lo que pasa con la prensa, las exclusivas y tal...me quedo sorprendido pues...y lo que son las cosas y las diferencias entre paises europeos:

En Francia no podemos hacer el cuarto de lo que haceis en España en cuanto a las fotos "paparazzi", el articulo 9 del codigo civil dice: "cada persona tiene derecho al respecto de su vida privada". Asi que si saco una foto de algun famoso en la calle, no tengo derecho..la publico, multa. Los famosos en Francia esperan pues que les saquen foto, y cuando la ven publicada atacan la revista y sacan mogollon de dinero. Eso para decir que cambia con España, que me parece que fotos de famosos se pueden sacar no? o me equivoco.

De otro lado, acabo de leer esas normas españolas, o sea que literalemente no se puede sacar fotos en la calle? tipo fotos humanistas como Cartier-Bresson o Cristina Garcia Rodero? si es asi, no cumplo la ley pues porque no paro de hacer fotos en españa..;-). Y me parece mal porque que seran los archivos de los años futuros si no se puede sacar fotos?

En Francia esta cambiando, hasta hace poco se necesitaba el permiso de la(s) persona(s) fotografiadas si la finalidad era de "sacar beneficio", o sea, publicarlas. Pero unas decisiones recientes han dicho que tanto que "la privacidad, el respecto al honor.." sean respectados, no hace falta permiso para hacer fotos en la calles y/o usarlas, aunque profesionalemente. Si la persona no esta en posicion "ridicula" no puede decir nada, ni por supuesto pedir dinero, lo que hacian en definitiva.

Os acordais de la polemica con la foto de Doisneau "le baiser de l'hotel de ville"? como esa foto se volvio famosa en el mundo entero y que los enamorados representados no eran identificados, muchas parejas (mayores ya) vinieron a juicio prentendiendo que eran ellos en la foto y pedian dinero, mucho, para eso... los juezes se hartaron un poco de todo eso y han frenado un poco esa tonteria de permisos...

Lo que pasa en Quebec ahora es una buena cosa, un fotografo ha ganado dos juicios que le intentaron dos tias fotografiadas en la calle...la justicia ha dicho ( en substancia) que esas personas no estaban en "situacion de ridiculo" asi que no podian decir nada ni impedir las publicaciones de dichas imagenes. En Francia los fotografos empiezan a respirar porque esas decisiones van ha hacer jurisprudencia..se supone y se espera..

Si os interesa esa decision (con la foto autorizada) os pongo el enlace que lo explica. Esta en Frances, lo siento, a lo mejor lo entendeis, por si acaso..

http://www.ledevoir.com/2007/06/27/148662.html

Pere Larrègula
14/11/08, 13:03:35
Gracias por el apunte Litespeed

Saludos